miércoles 7 de mayo de 2008

¿Qué ocurre si la Comunidad de Propietarios se queja al propietario de mi conducta?

El propietario deberá comunicarle las quejas de la comunidad. Lo mejor es no volver a causar molestias a la Comunidad de Propietarios ya que de lo contrario, el propietario podrá acogerse a la ley, ya que la realización en la vivienda de actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas es causa de resolución del contrato de arrendamiento (LAU, Art. 27.2).

Si desea poner su piso en alquiler o quiere alquilar un piso contacte con Fincas Corral.