tag:blogger.com,1999:blog-1641717414807710151.post-53070245749656352752008-05-07T02:17:00.000-07:002008-05-07T02:47:19.615-07:002008-05-07T02:47:19.615-07:00¿Qué ocurre si la Comunidad de Propietarios se queja al propietario de mi conducta?El propietario deberá comunicarle las quejas de la comunidad. Lo mejor es no volver a causar molestias a la Comunidad de Propietarios ya que de lo contrario, el propietario podrá acogerse a la ley, ya que la realización en la vivienda de actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas es causa de resolución del contrato de arrendamiento (LAU, Art. 27.2).<br /><br />Si desea poner su <a href="http://www.fincascorral.com/es/alquilar.html">piso en alquiler</a> o quiere <a href="http://www.fincascorral.com/index.aspx?alq=1">alquilar un piso</a> contacte con Fincas Corral.Mar Plastichttp://www.blogger.com/profile/14709928358207193827noreply@blogger.com